POLÍTICA DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES Y NO DISCRIMINACIÓN
Unitaxi Melilla
Edificio Tierno Galván, Ctra. Alfonso XIII, 92, bajo, 52005 Melilla, España
Teléfono de atención al cliente: +34 660 14 76 78
Correo de contacto: info@unitaximelilla.es
1. OBJETIVO Y ALCANCE
Esta Política de Igualdad de Oportunidades y No Discriminación tiene por objeto garantizar un entorno de trabajo y de prestación de servicios en Unitaxi Melilla libre de cualquier forma de discriminación o acoso, promoviendo la igualdad de trato para todas las personas involucradas: empleados, conductores (incluyendo candidatos a conductor), proveedores y, en general, cualquier persona que colabore con nuestra empresa o utilice nuestros servicios.
La presente política se basa en la legislación española y europea en materia laboral y de igualdad, incluyendo la Constitución Española, el Estatuto de los Trabajadores, la Ley Orgánica 3/2007 de Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres, y demás normativa aplicable.
2. ÁMBITO DE APLICACIÓN
Esta política se aplica a:
- Procesos de selección, reclutamiento y contratación.
- Condiciones de empleo, incluidos salarios, beneficios y formación.
- Prestación de servicios de transporte (taxi).
- Relación con clientes y usuarios, así como con cualquier persona que haga negocios con Unitaxi Melilla.
3. PRINCIPIO DE NO DISCRIMINACIÓN
En Unitaxi Melilla no se tolerará ningún tipo de discriminación directa o indirecta basada, entre otras, en las siguientes razones:
- Sexo, orientación sexual o identidad de género.
- Raza, etnia o color de piel.
- Religión o convicciones.
- Discapacidad o diversidad funcional.
- Edad.
- Estado civil o familiar (p. ej. embarazo, maternidad o paternidad).
- Ideología, opinión o afiliación política.
- Afiliación sindical.
- Origen nacional o procedencia geográfica.
- Cualquier otra condición o circunstancia personal o social protegida por la ley.
Este principio se hace extensivo a las decisiones que afecten a:
- Contratación, promoción, traslados o finalización de la relación laboral.
- Remuneración y beneficios.
- Formación y desarrollo profesional.
- Acceso a servicios (por ejemplo, no denegar carreras a pasajeros por motivos discriminatorios).
3.1. Discriminación Geográfica en el Servicio de Taxi
Queda prohibida cualquier discriminación geográfica, como negarse a recoger a un cliente o llevarlo a un destino determinado basándose en su lugar de residencia o zona de destino, salvo que exista un motivo legítimo y objetivo (p. ej., razones de seguridad contempladas en la normativa).
4. PREVENCIÓN DEL ACOSO Y ACOSO SEXUAL
Unitaxi Melilla promueve un entorno seguro y respetuoso, libre de acoso verbal, no verbal o físico. Se entenderá por acoso cualquier conducta que atente contra la dignidad de una persona y/o cree un entorno intimidatorio, humillante u ofensivo.
- Acoso sexual: cualquier comportamiento de naturaleza sexual que resulte no deseado, afecte a la dignidad de la persona o cree un entorno laboral o de prestación de servicios ofensivo.
- Acoso por razón de sexo: toda conducta basada en el sexo de una persona que atente contra su dignidad o cree un entorno hostil.
5. OBLIGACIONES DEL PERSONAL Y COLABORADORES
- Todos los empleados, conductores asociados, proveedores y colaboradores deben abstenerse de toda conducta discriminatoria o de acoso.
- Deben respetar la dignidad y los derechos de compañeros, clientes y terceros en el desempeño de su labor.
- Tienen la obligación de informar o denunciar, de buena fe, cualquier conducta que consideren contraria a esta política.
6. CANALES DE DENUNCIA Y GESTIÓN DE QUEJAS
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Comunicación Interna: Cualquier persona que se considere víctima o testigo de discriminación o acoso puede presentar una queja ante la dirección de Unitaxi Melilla a través de:
- Correo electrónico: info@unitaximelilla.es
- Vía telefónica: +34 660 14 76 78 (solicitar hablar con la persona responsable de RR. HH. o dirección).
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Procedimiento de Investigación:
- Se llevarán a cabo las investigaciones internas con la debida confidencialidad, evitando represalias contra el denunciante o testigos.
- Se adoptarán las medidas cautelares que sean necesarias para proteger la integridad de las personas afectadas.
- De acreditarse la conducta discriminatoria o de acoso, se impondrán las sanciones correspondientes (según la normativa laboral y el régimen disciplinario aplicable).
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Prohibición de Represalias:
- Unitaxi Melilla prohíbe expresamente cualquier represalia contra quienes denuncien de buena fe conductas contrarias a esta política.
7. MEDIDAS DISCIPLINARIAS
- Las personas que infrinjan esta política estarán sujetas a las sanciones previstas en la legislación laboral española (Estatuto de los Trabajadores, convenios colectivos, etc.), pudiendo llegar hasta la extinción del contrato o rescisión de la relación profesional en los casos más graves.
- En caso de que un conductor asociado realice prácticas discriminatorias hacia pasajeros, Unitaxi Melilla podrá suspender o rescindir su colaboración y acceso a la plataforma.
8. MEDIDAS DE IGUALDAD Y ACCIONES POSITIVAS
- Unitaxi Melilla asume el compromiso de adoptar iniciativas que fomenten la igualdad de oportunidades y la diversidad en el equipo.
- Se procurará favorecer la incorporación de personas pertenecientes a colectivos subrepresentados, atendiendo siempre a criterios de mérito y capacidad, y respetando la legalidad vigente.
9. ENTRADA EN VIGOR Y REVISIÓN
Esta Política entra en vigor en la fecha de su publicación y será revisada periódicamente para asegurarse de que cumple con la normativa española y europea vigente, así como para introducir mejoras que refuercen su efectividad. Cualquier modificación relevante será debidamente comunicada al personal y colaboradores de Unitaxi Melilla.
Fecha de última actualización
[Indicar la fecha en que se publica o se revisa la política]
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